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Beneficios para las empresas
Femarec le gestionará, si lo desea, la solicitud del certificado de excepcionalidad contemplado en el artículo 2.1 del Real Decreto 364/2005, de 8 de abril (BOE 94, 20 de abril 2005) por el que se establecen medidas alternativas de carácter excepcional al cumplimiento de la LISMI (Ley de Integración Social del Minusválido) que fija la cuota de reserva del 2%  en favor de personas con discapacidad en empresas de 50 o más trabajadores.
 

En el siguiente apartado apuntamos todos los beneficios e incentivos fiscales a los que se pueden acoger las empresas que optan por contratar los servicios de nuestro Centro Especial de Empleo o por efectuar donaciones a nuestra Fundación. En cada caso incluimos links que enlazan con los textos legales que legislan sobre estas cuestiones.

- Beneficios Laborales

- Beneficios Fiscales

- Beneficios Legales

- Beneficios Sociales

Para cualquier aclaración o asesoramiento que sobre estos temas necesite obtener, no dude en ponerse en contacto con nosotros.

Para cuestiones relacionadas con la compra de bienes y servicios del Centro Especial de Empleo:
comercial@femarec.es

Para cuestiones relacionadas con aportaciones a la Fundación
fundacio@femarec.es

Para cuestiones relacionadas con la contratación de trabajadores discapacitados:    
foa@femarec.es

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Beneficios Laborales:

  • La contratación de servicios al Centro Especial de Empleo, computa como la creación de puestos de trabajo a favor de personas discapacitadas, de acuerdo con el art. 2.1 del Real Decreto 364/2005, de 8 de abril (BOE 94, 20 de abril 2005), por el que se establecen medidas alternativas de carácter excepcional al cumplimiento de la LISMI (Ley de Integración Social del Minusválido) que fija la cuota de reserva del 2 por 100 a favor de personas discapacitadas en empresas de 50 o más trabajadores.  

La facturación equivalente a 3 veces el IPREM anual supone la creación indirecta de un puesto de trabajo para personas discapacitadas.

  • La realización de donaciones a favor de la Fundación Privada Femarec, computa como creación de puestos de trabajo a favor de personas discapacitadas, de acuerdo con el art. 2.3 del Real Decreto 364/2005, de 8 de abril.

Las donaciones equivalentes a 1,5 veces IPREM anual, suponen la creación indirecta de un puesto de trabajo para personas con discapacidad.  

Aquí hallará la herramienta para calcular su caso particular

  • La búsqueda y selección de los perfiles profesionales requeridos por la empresa, a cargo del equipo de inserción que tutela todo el proceso. En el caso de perfiles profesionales con discapacitados contribuye al cumplimiento de la Ley 13/1982 de 7 de abril, de integración social de los minusválidos.(BOE 103, 30 de abril de 1982)

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Beneficios Fiscales:

  • La realización de donaciones a favor de entidades sin fines lucrativos, dan derecho a deducir de la cuota íntegra del impuesto de sociedades, el 35 por 100 de la base de la deducción, de acuerdo con el artículo 20.1 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, (BOE 307, 24 de diciembre 2002) de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

  • La realización de donaciones a favor de entidades sin fines lucrativos, dan derecho a deducir de la cuota integra del impuesto de sobre la renta de las personas físicas, el 25 por 100 de la base de la deducción, de acuerdo con el artículo 20.1 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre (BOE 307, 24 de diciembre 2002), de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

  • § Los convenios de colaboración empresarial en actividades de interés general tendrán la consideración de gastos deducibles al determinar la base imponible del impuesto sobre sociedades, de acuerdo con el artículo 25 Ley 49/2002, de 23 de diciembre ((BOE 307, 24 de diciembre 2002), de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

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Beneficios Legales:  

  • La contratación del servicios de recogida selectiva garantiza la protección de datos establecida en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal

    http://www.boe.es/boe/dias/2008/01/19/pdfs/A04103-04136.pdf

  • La contratación de servicios del Centro Especial de Empleo, orientados al cuidado del medio ambiente, contribuyen a l’obtención y renovación de l’ISO 14001 Medioambiental.

    <http://www.enac.es/html/home.html>

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Beneficios Sociales: 

  • La difusión a través de diferentes medios de comunicación, para dar a conocer a la sociedad la implicación de la empresa en un objeto social que tiene cuidado de los más desfavorecidos.



  • SIMULADOR

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Calcule aquí su caso particular

Para realizar el cómputo aproximado de la cantidad de facturación que debería contratar en servicios del Centro Especial de Empleo o el importe de la donación que tiene que realizar, puede usar este calculador automático.

Introduzca el cómputo de trabajadores de su empresa (presione el botón "Cómo computar los trabajadores" para saber como realizar el cálculo) en la casilla 1 y, si se da el caso, la cantidad de trabajadores con certificado de discapacidad que ya tiene en plantilla, en la casilla 2. Seguidamente clique en el botón calcular:

Para saber cómo calcular el número de trabajadores de su plantilla clique aquí:


1 

Número de trabajadores durante el pasado año:

 

2 

Número de trabajadores con certificado de disminución, en plantilla durante el pasado año:


Cuota de trabajadores:

Importe de la facturación:

€   pta.

  

Importe de la donación:

€ 

pta.

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